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Fuente de la imagen: Concentración de talento digital (M. Velasco, 2015) |
La nueva normativa establece criterios de admisión más inclusivos para los titulares de la Tarjeta azul-UE, simplifica los procedimientos para empleadores reconocidos, y facilita la movilidad y reagrupación familiar dentro de la Unión Europea. Además, el Título II optimiza el régimen nacional para profesionales altamente cualificados, ampliando su alcance a titulados de formación profesional de grado superior, eliminando requisitos de tamaño y facturación para empleadores (beneficiando a pymes) y extendiendo la vigencia de las autorizaciones de residencia a tres años renovables. Esta integración se realiza en la Ley 14/2013 para asegurar garantías procedimentales comunes y aprovechar las sinergias de un equipo único especializado, la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos. En esencia, se busca una migración laboral segura y ágil, que elimine trámites burocráticos y facilite la incorporación de profesionales con las cualificaciones y competencias necesarias. Fuente de la información: normativa referenciada.
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[1] Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos. Publicado en: «BOE» núm. 110, de 09/05/2023. Entrada en vigor: 10/05/2023.
[2] La Directiva busca mejorar la efectividad del régimen europeo de Tarjeta azul-UE, y la Ley 11/2023 introduce modificaciones en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, que ya había facilitado y agilizado la concesión de visados y autorizaciones de residencia para atraer inversión y talento.