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Esta formación, vinculada al Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, podrá ser acreditable, al formar parte de un módulo de un título de Formación Profesional o de un certificado de profesionalidad. Estará recogida en el Grado A[2] de la estructura de la oferta formativa fijada por la Ley Orgánica de Ordenación e Integración de la Formación Profesional (FP). El reparto aprobado por el Gobierno tendrá que recibir el visto bueno definitivo en la Conferencia Sectorial del Sistema de Cualificaciones y Formación Profesional para el Empleo del Ministerio de Educación y FP. Fuente de la información: GE. Fuente de la imagen: geralt en pixabay.
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[1] Procedentes del componente 20 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
[2] Sistema de grados de formación profesional (A, B, C, D y E), atendiendo a su amplitud y duración, en un continuo desde las microformaciones (grado A) hasta los títulos y cursos de especialización (grados D y E), basado en la progresión formativa, y en la obtención de una acreditación, certificación y titulación.